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Municipalidad deberá indemnizar a peatón que sufrió caída por vereda en mal estado

  • Lunes 11 de mayo de 2020
  • 13:20 hrs
  • Autor: Cecilia Marín
Imagen referencial

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El Segundo Juzgado Civil de Antofagasta acogió demanda de indemnización de perjuicios y ordenó a la municipalidad local pagar una indemnización total de $8.725.260 (ocho millones, setecientos veinticinco mil doscientos sesenta pesos), a transeúnte que sufrió fractura de codo derecho, al tropezar con una vereda en mal estado, en junio de 2016.


En el fallo, la magistrada Elizabeth Araya Julio dio por acreditada la responsabilidad en el accidente, por falta de servicio, de la Municipalidad de Antofagasta, al no mantener en buen estado la acera de calle Edmundo Pérez Zujovic.

"(…) con fecha 7 de Junio del año 2.016, aproximadamente a las 10:00 horas mientras se desplazaba en dirección norte-sur por la Avenida Edmundo Pérez Zujovic, berma que da hacia el mar, a la altura del número 5100 tropezó con una vereda producto del mal estado de la misma, cayendo fuertemente al piso sobre su brazo derecho y no como lo alega la demandada producto de un caso fortuito y menos fuerza mayor", sostiene el fallo.

La resolución agrega que: "(…) analizados todos los medios de prueba de conformidad a las reglas legales, es posible presumir que doña Laura Pérez Martínez, producto de la caída, resultó con lesiones consistente en fractura de codo en la cúpula radial del brazo derecho, con compromiso de la superficie auricular, con un derrame articular con desplazamiento del cojinete graso anterior al codo; lo que la obligó a someterse a una serie de tratamientos, entre ellos de rehabilitación, kinésico, medicamentoso y psicológico".

"Que habiendo quedado establecido la falta de servicio del ente municipal, en cuanto a que no mantuvo en buen estado la acera ubicada en Avenida Edmundo Pérez Zujovic, berma que da hacia el mar, a la altura del número 5100, la lesión que producto del accidente sufrió la actora, y la relación de causalidad, entre esta falta de servicio y los perjuicios que experimentó la demandante, puesto que, si no hubiese tropezado con esa pendiente no hubiere caído, concurren en autos los requisitos necesarios para declarar la falta de servicio de la Ilustre Municipalidad de esta ciudad, en la mantención, fiscalización y superviligancia de dicha acera, surge como corolario la obligación de la misma de indemnizar la parte demandante por las lesiones sufridas" concluye.