Fallo acredita acoso laboral a TENS Karin Salgado y condena al Servicio de Salud de Ñuble
- Lunes 5 de enero de 2026
- 16:57 hrs
El 2° Juzgado Civil de Chillán dictó un fallo que acredita la existencia de acoso laboral sistemático contra Karin Salgado Molina, TENS del Hospital Clínico Herminda Martín, y condenó al Servicio de Salud de Ñuble al pago de $60 millones por concepto de daño moral. La sentencia, pronunciada el 5 de diciembre de 2025, establece la responsabilidad del empleador por incumplir su deber de seguridad y vincula dicho incumplimiento con el fallecimiento de la funcionaria ocurrido el 12 de noviembre de 2019.
Contenido y alcances de la sentencia
En una resolución de más de cien páginas, el tribunal concluyó que el Servicio de Salud incurrió en una falta de servicio por omisión, al no adoptar medidas de protección frente a un hostigamiento laboral descrito como “sistemático y persistente”, ejercido desde la jefatura directa de la trabajadora. El fallo sostiene que dicha inacción vulneró obligaciones legales, protocolos internos vigentes y estándares de protección de la integridad psíquica de las personas trabajadoras.
La acción judicial fue interpuesta por Claudia Salgado Molina, hermana de la funcionaria, y fue acogida en todas sus partes relevantes por el tribunal de primera instancia.
Origen del hostigamiento
Según lo establecido en la sentencia, los hechos se remontan a octubre de 2017, cuando Karin Salgado declaró como testigo en un sumario administrativo por la sustracción de insumos en la unidad de Pediatría. A partir de esa declaración, el tribunal dio por acreditada una serie de conductas constitutivas de acoso laboral, entre ellas:
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Aislamiento laboral y social (“ley del hielo”).
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Instrucciones para impedir que otros funcionarios se relacionaran con la trabajadora.
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Retiro de reconocimientos otorgados por sus pares.
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Cambios de funciones y reubicaciones en ambientes hostiles.
El fallo indica que estas conductas deterioraron progresivamente la salud mental de la funcionaria, generando licencias médicas, un intento de suicidio previo y, finalmente, su fallecimiento.
Incumplimiento del deber de seguridad
Uno de los aspectos centrales de la resolución es la inacción del empleador. Si bien la funcionaria no activó formalmente el protocolo interno de denuncia, el tribunal determinó que las autoridades del hospital tuvieron conocimiento efectivo de las situaciones de hostigamiento, tanto por los antecedentes del sumario administrativo como por presentaciones realizadas ante la Contraloría General de la República.
Pese a ello, el Servicio de Salud no inició investigaciones internas ni adoptó medidas de resguardo, limitándose a actuaciones disciplinarias desvinculadas de la protección de la integridad psíquica de la trabajadora. Para el tribunal, esta omisión configuró un incumplimiento grave del deber de seguridad que pesa sobre el empleador público.
Relación causal con el fallecimiento
La sentencia aborda expresamente el nexo causal entre el acoso laboral y la muerte de Karin Salgado. Aun considerando antecedentes previos de salud mental, el tribunal estimó que el hostigamiento prolongado, el contexto del sumario administrativo y el intento de suicidio previo permiten establecer una relación directa entre las conductas acreditadas y el desenlace fatal.
En ese marco, la jueza sostuvo que el deber de seguridad del empleador tiene por finalidad resguardar la vida y la integridad física y psíquica de los trabajadores, obligación que fue vulnerada de manera grave por el Servicio de Salud de Ñuble.
Contexto normativo
El caso de Karin Salgado fue uno de los antecedentes que impulsaron el debate público y legislativo en torno al acoso laboral en Chile, derivando posteriormente en la denominada Ley Karin, orientada a fortalecer los mecanismos de prevención, denuncia y sanción de estas conductas en los espacios de trabajo.
La sentencia del 2° Juzgado Civil de Chillán constituye uno de los primeros pronunciamientos judiciales que reconoce de manera expresa la responsabilidad del Estado como empleador por acoso laboral con consecuencias fatales, en el ámbito del sistema público de salud.




